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El derecho romano, sin embargo, no cuenta tanto con las           totalizadoras o integradoras de la «forma», que más bien se quedan en un motivo de los discursos de estilo filosófico- griego, como con aquellas del ius civile, de aquel privilegio que garantiza­ ba a los ciudadanos libres romanos, y a los elevados a esa misma categoría
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en el Imperio, una vida bajo la protección de las formalidades de un de­ recho procesal desarrollado.